Rellenando este formulario podrá solicitar la gestión para el envío del Certificado de Nacimiento a través de Zertifica.  Pueden solicitarse certificados de nacimientos ocurridos en toda España a partir de 1870.  Anteriormente no existían registros de nacimientos y es imposible emitir los certificados.  Las partidas de nacimiento son emitidas por los Registros Civiles competentes, legalizados convenientemente para cada motivo de solicitud.  Por este motivo, no olvide indicar para qué quiere el certificado.  Todos los certificados tienen una caducidad de 3 meses, por lo que le rogamos que no solicite copias adicionales si no las va a utilizar en breve.


A efectos de la obtención de certificados bajo la Ley de Memoria Histórica -obtención de nacionalidad española para descendientes de españoles-, es necesario indicar la fecha y el municipio de nacimiento correcto. Si necesita que hagamos un rastreo por provincias enteras, pídamos presupuesto sin compromiso.

Los certificados para la obtención del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) llevan un sello especial para dicho trámite, por lo que no olvide indicarlo en el motivo de la solicitud, e indique que desea una certificación literal.  En las Comisarías de Policía no aceptarán un certificado de nacimiento sin esta mención a la hora de expedir el D.N.I.  Para la obtención del pasaporte no es necesario un certificado adicional si se va a solicitar en el mismo momento que el D.N.I.

Los certificados "En Extracto" no son válidos legalmente para casi ningún trámite, por lo que deben ser solamente solicitados si el uso que se le va a dar es personal, o es solicitado por alguna entidad no oficial (colegios, etc.)

Si el nacimiento ha ocurrido en el extranjero, deberá marcar como provincia de nacimiento "Nacido en el extranjero", e indicar el resto de datos del formulario.

El coste de la tramitación de cada certificado es de 19€, más los suplementos opcionales por el tipo de envío y tipo de registro.  Estos suplementos se muestran en la solicitud cuando son seleccionados, y habrán de sumarse al coste normal del certificado*.

Nunca cobramos nada por adelantado. Solamente efectuaremos el cargo en la tarjeta de crédito en el momento que enviemos el resultado de la tramitación.

El plazo de envío depende de cada Registro Civil, siendo la media de unos 15 días. El Registro Civil central (extranjero) tarda unas 3 semanas**.

La mayor parte de los campos tienen una pequeña ayuda para poderlo rellenar. Para verla, sitúese sobre él, y aparecerá a la derecha.

Nuestra web está cifrada y protegida por Geotrust, por lo que toda la transmisión de la información es completamente segura y se envía de forma encriptada  


Solicitud de Certificado de Nacimiento

Solicitud de Certificado de Nacimiento

Por favor, rellene los campos siguientes para comenzar la tramitación del certificado de nacimiento. La mayor parte de los campos tienen una ayuda al situarse sobre ellos.

  • Seleccione la provincia donde ocurrió el nacimiento. Recuerde que, si ha nacido en extranjero, aunque tenga nacionalidad española, debe seleccionar "Nacido en el extranjero"

  • Aunque todos los certificados de nacimiento los expide el Registro Civil Central, necesitamos saber si los datos de tomo y página que tiene son de algún CONSULADO o del Registro Civil Central, ya que es posible que tenga las dos numeraciones. Por favor, indique claramente si los datos de tomo y página que nos va a indicar son datos del "Registro Civil Central" o de qué consulado general de España, en caso de ser datos consulares.

  • Seleccione el tipo de certificado que necesita El certificado literal es el necesario para solicitar pasaportes, DNIs, matrimonios, y cualquier otro trámite ante las autoridades españolas. El certificado plurilingüe solamente es válido para presentarse en países firmantes del Convenio de Viena. No es válido para trámites en España, y solamente es un resumen de la partida literal de nacimiento. Está escrito en castellano y francés en el cuerpo principal del certificado, con traducciones a muchos idiomas más a pide de página.

  • Por favor, indique el motivo por el cual solicita el certificado, ya que, en algunos casos, deben llevar alguna mención específica.

  • Por favor, indique el nombre y los dos apellidos de la persona _de la que quiere la certificación_. Por favor, es importante que no ponga aquí el nombre del solicitante, a no ser que sea el mismo.

  • El tomo y el folio son datos que no en todos los casos son imprescindibles, pero en la mayor parte de los casos, facilitan mucho la localización del certificado. Si no los conoce, vienen en el libro de familia de los padres, o bien en algún certificado antiguo que puedan tener.

  • El tomo y el folio son datos que no en todos los casos son imprescindibles, pero en la mayor parte de los casos, facilitan mucho la localización del certificado. Si no los conoce, vienen en el libro de familia de los padres, o bien en algún certificado antiguo que puedan tener.

  • / / Pick a date.

    Introduzca aquí la fecha de nacimiento. Los registros civiles no existían con anterioridad a 1870, con lo que cualquier nacimiento ocurrido antes no tendrá partida de nacimiento en los registros civiles.

  • Indique en este campo el lugar donde se inscribió el nacimiento. Si duda, por favor, consúltelo en el libro de familia de los padres, o en el DNI del nacido.

  • Si desea añadir más datos o comentarios sobre la tramitación, por favor, indíquelo aquí.

  • Datos para el envío del certificado

    Introduzca ahora los datos de la persona que solicita el certificado

  • Indique aquí el nombre de la persona que solicita este certificado, que será el destinatario del envío postal.

  • Indique el DNI, NIE o pasaporte de la persona que solicita este certificado.

  • Seleccione el medio de envío deseado. Recuerde que el correo postal ordinario no tiene seguimiento de envío.

  • Por favor, introduzca aquí su dirección postal completa. No olvide indicar la localidad y código postal, para facilitar los envíos.

  • Por favor, no pida más copias de las que realmente necesita. Los registros civiles se reservan el derecho de emitir solamente las copias que sean necesarias para el fin indicado en la solicitud. No se cobra más por copias adicionales, a no ser que se pida su apostilla o legalización.

  • Servicios adicionales

    Aquí podrá seleccionar, como complemento, la tramitación de legalizaciones y partidas de bautismo del nacido

  • Solamente si va a presentar el documento en un país que le requiera esta apostilla.

  • Esta legalización, necesaria para presentarse el documento en algunos países, en realidad son 3: primeramente ha de legalizarse en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, después en el Ministerio de Justicia de Madrid, y finalmente en el MAEC.

  • Tenga en cuenta que los consulados de España en el extranjero forman parte del territorio español, por lo que no se requiere una Apostilla de la Haya o del MAEC para presentar el documento en ningún consulado de España en el extranjero.

  • Datos de facturación

    Recuerde que no cobramos nada hasta el envío del certificado. La conexión está encriptada y es segura, con lo que no existe posibilidad de robo alguno de datos.

  • Indique aquí los 16 números de su tarjeta de crédito, sin espacios ni guiones.

  • Este número, de tres cifras, se encuentra en la parte de atrás de la tarjeta, a la derecha de la banda de la firma. Si tiene 7 números, indique solamente los 3 últimos.




*IVA no incluido
**No incluido el tiempo de tránsito del servicio de Correos, que dependerá del destino.