Rellenando este formulario podrá solicitar la gestión para el envío del Certificado de Nacimiento a través de Zertifica. Pueden solicitarse certificados de nacimientos ocurridos en toda España a partir de 1870. Anteriormente no existían registros de nacimientos y es imposible emitir los certificados. Las partidas de nacimiento son emitidas por los Registros Civiles competentes, legalizados convenientemente para cada motivo de solicitud. Por este motivo, no olvide indicar para qué quiere el certificado. Todos los certificados tienen una caducidad de 3 meses, por lo que le rogamos que no solicite copias adicionales si no las va a utilizar en breve.
A efectos de la obtención de certificados bajo la Ley de Memoria Histórica -obtención de nacionalidad española para descendientes de españoles-, es necesario indicar la fecha y el municipio de nacimiento correcto. Si necesita que hagamos un rastreo por provincias enteras, pídamos presupuesto sin compromiso.
Los certificados para la obtención del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) llevan un sello especial para dicho trámite, por lo que no olvide indicarlo en el motivo de la solicitud, e indique que desea una certificación literal. En las Comisarías de Policía no aceptarán un certificado de nacimiento sin esta mención a la hora de expedir el D.N.I. Para la obtención del pasaporte no es necesario un certificado adicional si se va a solicitar en el mismo momento que el D.N.I.
Los certificados "En Extracto" no son válidos legalmente para casi ningún trámite, por lo que deben ser solamente solicitados si el uso que se le va a dar es personal, o es solicitado por alguna entidad no oficial (colegios, etc.)
Si el nacimiento ha ocurrido en el extranjero, deberá marcar como provincia de nacimiento "Nacido en el extranjero", e indicar el resto de datos del formulario.
El coste de la tramitación de cada certificado es de 24€, más los suplementos opcionales por el tipo de envío y tipo de registro. Estos suplementos se muestran en la solicitud cuando son seleccionados, y habrán de sumarse al coste normal del certificado. A estos costes debe añadirse el IVA.
Nunca cobramos nada por adelantado. Solamente efectuaremos el cargo en la tarjeta de crédito en el momento que enviemos el resultado de la tramitación.
El plazo de envío depende de cada Registro Civil, siendo la media de unos 15 días. Aquí le indicamos los plazos de los registros más habituales
| Madrid capital (posterior a 1950) | 2 días |
| Madrid capital (anterior a 1950) | 5 días |
| Barcelona capital | 7 días |
| Registro Civil Central (tomos digitalizados) | 4 días |
| Registro Civil Central (tomos no digitalizados) | 20 días |
La mayor parte de los campos tienen una pequeña ayuda para poderlo rellenar. Para verla, sitúese sobre él, y aparecerá a la derecha.
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* El IVA no está incluido.



Registro Civil de España

